La apnea del sueño puede dejarte sin carnet de conducir
El Reglamento General de Conductores actualizado el pasado 11 de abril de 2018 establece que a los conductores que sean diagnosticados con la enfermedad de la apnea obstructiva del sueño se les puede retirar el carnet de conducir hasta que sean tratados adecuadamente.
A nadie le es ajena la expresión de los peligros al volante, pero lo cierto es que los números que justifican esta frase son alarmantes. Además de por imprudencias al volante o el consumo de sustancias, la Sociedad Española del Sueño publicó hace años un estudio afirmando que una causa habitual que se da en los accidentes de tráfico son los estados de somnolencia de los conductores, llegando a ser responsable en un 30% de los casos.
La conducción de un vehículo motorizado de cualquier clase es una responsabilidad que se adquiere de forma voluntaria e implica un proceso complejo que requiere del conductor una serie de características como la movilidad, buena vista y oído y un óptimo estado perceptivo. Estar bajo los efectos del sueño o la somnolencia se considera un factor de riesgo con una altísima incidencia de conducción errática. Por eso no es de extrañar que la Sociedad Española del Sueño, en conjunto con otras sociedades y entidades dedicadas al estudio de salud del sueño en España y Europa, hayan puesto tanto empeño en analizar esta situación de inestabilidad en el sector de la conducción profesional, además de en la conducción personal.
¿Cómo afecta la apnea del sueño a la conducción?
Puesto que la apnea del sueño es una enfermedad que puede ser tratada clínicamente, está incluida en la Directiva de la Comisión Sanitaria Europea como una afección que debe ser controlada y que puede servir de precedente para aprobar la retirada del carnet de conducir a conductores de cualquier edad. Por este motivo, está en vías de realizarse un cribado para detectar a tiempo a posibles conductores apnéicos y evitar futuros accidentes de tráfico. La inexistencia de apnea del sueño es oficialmente un criterio más que deben cubrir quienes posean y conduzca cualquier vehículo motorizado, sea por motivos profesionales o personales.
A tenor de esta nueva adjudicación, la última actualización del 11 de abril en el Reglamento General de Conductores ha establecido que pueden considerarse como no aptos para una labor de conducción todos aquellos que sean diagnosticados con un Índice de Apnea Hipopnea de Sueño (IAHS) que sea superior a 15 y que presenten por ello un estado constante de somnolencia. La aplicación de esta nueva norma ha motivado que la Sociedad Española de Neumología y Cirugía Torácica –SEPAR- publique en Archivos de Bronconeumología una completa guía titulada “Apnea del sueño y conducción de vehículos. Recomendaciones para la interpretación del nuevo Reglamento General de Conductores en España” elaborada por expertos de diferentes sociedades médicas e instituciones nacionales. Esta guía recoge los procesos de cribado y los métodos para evaluar el nivel de peligro en el estado de somnolencia en conductores que aún no hayan sido diagnosticados de apnea del sueño.
Todo este trabajo desde la investigación, los estudios, la guía y la nueva imposición de implantar un algún filtro para conceder o renovar los permisos de conducción está destinado a concienciar aún más a los ciudadanos de la importancia de no posponer el diagnóstico de un posible trastorno del sueño. La labor incluye también dar a conocer aspectos como cuándo descansar, cómo hacerlo y la opción de un tratamiento adecuado para mejorar la calidad de vida y las capacidades al volante de quienes sufren apnea del sueño.
Un estudio realizado en 2015 por la Fundación de Comisariado Europeo del Automóvil (Fundación CE), descubrió que un 72% de los encuestados habían sentido somnolencia durante la conducción y otros muchos había experimentado síntomas derivados de la misma como falta de concentración y parpadeo constante.
Otros estudios realizados al respecto han establecido que la población con riesgo de padecer somnolencia mientras conduce incluye un amplio porcentaje de conductores que sufren de apnea obstructiva del sueño pero que no han sido diagnosticados.
El método de detección y diagnóstico
Para llevar a cabo este cribado se va a proceder a realizar valoraciones personales en los Centros de Reconocimiento de Conductores, lo que implica una mejor formación de los facultativos para entender la enfermedad y ser capaces de detectar síntomas y hacer las preguntas adecuadas.
Se ha optado por aplicar el método del cuestionario STOP-Bang porque ofrece una mayor sensibilidad. Este cuestionario se basa en la escala de somnolencia de Epworth y según la puntuación que se obtenga, los CRC pueden proceder a retirar el carnet de conducir. Si se detecta un alto nivel de somnolencia diurna y un IAH de más de 15, el permiso deberá interrumpirse en el momento y se enviará al conductor a una Unidad de Sueño para que se le realice un estudio de diagnosis y tratamiento del trastorno del sueño.
Fuentes de información: SES | Fundación Mapfre | Conducción Responsable | Certimedic | StopBang | Archivos de Bronconeumología | Fundación CEA